
RD 177794 y el silencio administrativo en empleo público todo lo que debes saber
Si alguien desea estar informado sobre el silencio administrativo, podría informarse al leer la Sentencia de la Sala contencioso-administrativo del Tribunal Supremo del 28 de mayo de 2019 (rec. 246/2016), en la que se establece una doctrina de relevancia para los casos de silencio administrativo en las solicitudes de ciertos funcionarios para obtener un puesto en comisión de servicios. Esto coincide con lo que anteriormente se describió como la sentencia del Tribunal Supremo que reduce el alcance del silencio administrativo.
La precisión sin igual del silencio administrativo en el ámbito laboral del sector público
Siempre que me encuentro con el famoso silencio administrativo, me viene a la mente aquella escena de Indiana Jones en la Última Cruzada. ¿Recuerdas cuando en la tercera prueba tiene que cruzar un precipicio sin un puente visible? Un verdadero "salto de fe". Llevo años intentando aplicar la doctrina del doble silencio para que se valoren mis pretensiones sin tener que entrar en el fondo del asunto. Pero lamentablemente, no he tenido éxito. Además, últimamente, la Administración ha sido muy diligente en responder a los recursos, evitando así el segundo silencio.
Todo esto me hace pensar en el antiguo Real Decreto de 1994. Y al leer tus comentarios sobre el Derecho de Petición, me alegra ver que estás de acuerdo en que cualquier solicitud que no tenga una regulación específica en un procedimiento administrativo no puede beneficiarse del silencio administrativo positivo.
Y si hablamos del también antiguo RD 1778/94 sobre la concesión, modificación y extinción de autorizaciones, donde se habla de la potestad discrecional y no sancionadora... Me lleva a la sorpresa de las solicitudes de la licencia tipo E (aquellas que permiten la tenencia de escopetas). Espero que este tema se haya resuelto ahora, pero en su momento, fue todo un problema.
¿Qué es el silencio administrativo según el RD 1777/94?
El silencio administrativo es un término que forma parte del vocabulario jurídico y que se refiere al caso en el que una administración no emite respuesta a una solicitud o trámite en un plazo determinado. Esta figura está regulada por el Real Decreto 1777/94, que establece las normas sobre el procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora de la administración pública.
El silencio administrativo puede ser positivo o negativo, y su desarrollo y consecuencias varían según el tipo de solicitud que se haya realizado. El silencio administrativo tiene una gran importancia en el ámbito del Derecho Administrativo, ya que permite proteger los derechos e intereses de los ciudadanos ante la inactividad de la administración.
Según el RD 1777/94, en el caso de que la administración no emita una resolución en el plazo establecido, se entenderá que el silencio administrativo es positivo. Esto significa que la solicitud o trámite se ha resuelto favorablemente para el interesado. Sin embargo, esta figura no siempre tiene el mismo efecto y puede variar en función del tipo de procedimiento o materia.
Por otro lado, el silencio administrativo también puede ser negativo, lo que significa que la solicitud o trámite se ha desestimado de manera tácita por la administración. En este caso, el interesado tiene la opción de interponer un recurso contencioso-administrativo para impugnar la decisión y proteger sus intereses.
Por tanto, es necesario tener en cuenta esta figura al realizar cualquier solicitud o trámite ante una administración pública.
Análisis de la Sentencia del Tribunal Supremo sobre el silencio administrativo
El Tribunal Supremo ha dictado recientemente una importante sentencia sobre el silencio administrativo y su interpretación en los procedimientos administrativos. Esta sentencia establece una importante doctrina que afecta a todos los ciudadanos y empresas que se relacionan con la administración pública.
En primer lugar, la sentencia concluye que el silencio administrativo en los procedimientos iniciados de oficio por la administración no puede considerarse como una aceptación tácita de la solicitud del ciudadano. Esto significa que, en caso de que la administración no responda en plazo a una solicitud realizada por el ciudadano, no se entenderá como una aprobación de la misma.
Esta interpretación supone un importante cambio en la práctica administrativa, ya que hasta ahora se consideraba que el silencio administrativo positivo era una aceptación de la solicitud, y sólo en algunos casos muy concretos se consideraba que el silencio era negativo y se podía recurrir. Con esta sentencia, queda claro que la única forma de obtener una respuesta positiva de la administración es mediante una resolución expresa y motivada.
Otro aspecto destacable de la sentencia es que se establece que el plazo para resolver los procedimientos administrativos no se puede ampliar por el mero hecho de que la administración no se haya pronunciado antes de que finalice el plazo ordinario. Esto significa que la administración no podrá alargar artificialmente los plazos para emitir una resolución, lo que supone una importante garantía para los ciudadanos y empresas que se relacionan con ella.
Con esta sentencia, se garantiza que la administración actúe de forma diligente y respetando los plazos legales, evitando posibles abusos en el ejercicio de sus funciones.
Doctrina del Tribunal Supremo sobre el silencio administrativo: Sentencia del 28 de mayo de 2019
Sentencia del 28 de mayo de 2019
El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia histórica en materia de silencio administrativo, la cual ha generado gran debate en el ámbito jurídico. En esta sentencia, el Tribunal establece una nueva doctrina en relación al tratamiento del silencio de las administraciones públicas.
Hasta ahora, existía una gran controversia sobre qué ocurría cuando una administración no se pronunciaba en los plazos establecidos por ley. La doctrina anterior sostenía que el silencio administrativo era positivo, es decir, que se consideraba como una respuesta afirmativa a la solicitud del ciudadano. Sin embargo, con la sentencia del 28 de mayo, el Tribunal Supremo establece una nueva interpretación.
Según la sentencia, en aquellos casos en los que la ley establece un plazo para que la administración se pronuncie y ésta no lo hace, no se puede considerar que el silencio tenga un valor positivo. Es decir, el silencio administrativo será considerado como un mero incumplimiento de plazo, pero no como una respuesta afirmativa.
Esta nueva doctrina tiene importantes consecuencias, ya que cambia por completo la forma en que los ciudadanos pueden reclamar ante una administración inactiva. Ahora, los ciudadanos tendrán que esperar a que se cumpla el plazo establecido para poder recurrir ante la vía judicial, en lugar de entender que tienen una respuesta positiva por parte de la administración.
Habrá que estar atentos a cómo se desarrolla esta nueva interpretación y cómo afecta a la relación entre los ciudadanos y las administraciones públicas.
Fuente: Diario Oficial del Tribunal Supremo, 28 de mayo de 2019.
Aplicación y relevancia del RD 1777/94 en el silencio administrativo
El Real Decreto 1777/94, también conocido como 'Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora' es una normativa de gran importancia en el ámbito de la administración pública española.
Este decreto establece las normas y procedimientos que deben seguir las autoridades competentes para imponer sanciones administrativas en caso de incumplimiento de las leyes y reglamentos.
Uno de los aspectos más relevantes de este RD es su aplicación en el silencio administrativo. Este mecanismo se activa cuando la administración no responde en el plazo establecido a una solicitud o recurso presentado por un ciudadano. En este caso, se considera que la administración ha adoptado una posición favorable al solicitante.
La importancia de este decreto radica en que, a través del silencio administrativo positivo, se garantiza el principio de seguridad jurídica para los ciudadanos. Es decir, se les asegura que, en caso de que la administración no responda en el plazo establecido, su petición se considerará aceptada.
Otra relevancia del RD 1777/94 es que establece un plazo máximo en el que la administración debe responder a las solicitudes y recursos presentados, con el fin de evitar una paralización indefinida de los procedimientos. En caso de que no se cumpla con el plazo establecido, el silencio se considerará positivo.








